Otras de las ventajas con las que cuentan los asociados son los subsidios por nacimiento y por defunción.
Se debe acreditar:
- •Cuota al día.
- •Más de 6 meses de permanencia.
Se debe presentar:
- •Credencial.
- •Certificado que corresponda.
- •DNI.
Se subsidia la defunción del:
- •Afiliado titular.
Este subsidio se abonará a la persona que el afiliado haya designado como beneficiario.
Las solicitudes deben presentarse dentro de los 90 días del hecho.